lunes, 15 de junio de 2020

En el 198 aniversario del otorgamiento del título de ciudad y el renombre de generosa y benemérita al pueblo de Lambayeque



Se celebra hoy el 198 aniversario del otorgamiento provisional del título de ciudad, y del honroso blasón de generosa y benemérita, al otrora partido de Lambayeque, perteneciente, por aquel entonces, a la antigua intendencia de Trujillo.
  
Además, también, del primer aniversario de la importante feria o evento cultural denominado “Día de la Gastronomía Lambayecana y Nacional”. Que cada 15 de junio de cada año, se realizara en esta ciudad a propuesta de la Asociación Lambayecana de Gastronomía, en su tenaz búsqueda porque esta región -crisol de la libertad en el Norte del Perú- sea considerada capital de la comida nacional. La feria y el evento gastronómico ha sido respaldada mediante Resolución emitida por el Consejo Provincial de Lambayeque, que preside el alcalde Ing. Alexander Rodríguez Alvarado.



Ahora bien, lo que a continuación vamos a transcribir, para conocimiento de nuestros caros lectores, son:


A) La copia literal del Acta del cabildo lambayecano, donde se da cuenta del recibimiento y apertura de la correspondencia remitida el 16 de junio de 1822, desde la ciudad de Lima, y recibida en Lambayeque el 6 de julio, de ese año. En uno de los pliegos enviados se encontraba inserto el Decreto emitido el 15 de junio de 1822, refrendado por el ministro Bernardo Monteagudo de orden del Supremo Delegado José Bernardo de Tagle y Portocarrero (Marqués de Torre Tagle) en que al pueblo de Lambayeque se le otorgaba el título provisional de Ciudad, con el honroso renombre de Generosa y Benemérita, por ser una de las primeras “que proclamaron su adhesión a la causa continental”, y por los caros servicios que ininterrumpidamente venía prestando a la campaña final de la independencia nacional. El Acta recoge los momentos de justa algarabía que está gran noticia concitó entre los cabildantes reunidos, en sesión extraordinaria, en el salón consistorial; llegándose al extremo de proponer que Lambayeque se denominara, desde ese momento, con el nombre de “Generosa y Benemérita Ciudad de San Martín de Lambayeque”. Pedido que, como es obvio, no prospero.

B) La copia del Decreto confirmatorio del 18 de diciembre de 1822. Dado  por la Suprema Junta Gubernativa del Perú comisionada por el Primer Congreso Constituyente, “atendiendo a los auxilios que prestó al Ejército Libertador antes y después de su ingreso a esta capital, y al ejemplo que dio a los demás pueblos de aquel Departamento en la proclamación de la independencia”. Decreto, este último, firmado por  José de la Mar, Felipe Antonio Alvarado y el Conde de Vista Florida.
  

ACTA DEL CABILDO DE LAMBAYEQUE

En esta benemérita y generosa ciudad de Lambayeque, a los seis días del mes de julio de mil ochocientos veintidós, tercero de su libertad e independencia, junta y congregada esta ilustre municipalidad en la sala consistorial, compuesta dicha corporación de los señores don Nicasio Ramallo, gobernador político y militar de este partido, etc.; el señor don Santiago Leguía, alcalde de primera nominación; don José Manuel Callo, regidor vice-regente del de segundo¸ don Manuel Navarrete, don José María Costa, don José Antonio Burgos y el procurador síndico don Antonio Carrión, con el objeto de abrir los pliegos que en este presente correo ha recibido del Supremo Gobierno por el Ministerio de Estado y Relaciones Exteriores, a cuyo efecto se ha celebrado este extraordinario; y habiéndose presentado en él por el procurador síndico los expresados pliegos, los que, abiertos por el señor presidente, se encontró la nota del señor ministro de Estado D. Bernardo Monteagudo, con fecha dieciséis del próximo pasado junio, a la que fue adjunto un ejemplar del decreto inserto en la “Gaceta Ministerial”, N°. 48, tomo II, por el que el Supremo Gobierno del Estado se ha servido conceder el título de ciudad a esta capital de Lambayeque, con el renombre de “generosa y benemérita”, cuyo tenor es como sigue: - Ministerio de Estado. – Los procuradores de la ciudad de Lambayeque han elevado al Supremo Gobierno una representación, exponiendo los interesantes servicios de aquel partido, a la causa pública, especialmente mientras el Ejército Libertador fundaba casi toda su subsistencia en los recursos de la costa del Norte. Entre los notables servicios de aquel vecindario, no es justo olvidar que fue uno de los primeros que proclamaron su adhesión a la causa continental, y que ha acreditado, desde entonces con no interrumpidos sacrificios – Su heroico patriotismo, la importancia de su población, y el interés que resultará al Estado de sus adelantamientos, añaden doble razón a la exposición de los procuradores de Lambayeque; y, guiado el gobierno por sentimientos de justicia, ha resuelto lo que sigue:  
     
    El Supremo Delegado. – Ha acordado y decreta: - 1°. Se expedirá el título provisional de Ciudad a la capital del partido de Lambayeque, con el renombre de generosa y benemérita. – 2°. Se establecerá una escuela de primeras letras, con la dotación de trescientos pesos de los fondos de aquella municipalidad, y con sujeción a las variaciones que exija el plan de instrucción pública, luego que las circunstancias permitan realizarlo. El ministro de Estado queda encargado de presentar este decreto al Poder legislativo, para su sanción. -  dado en el palacio del Supremo Gobierno, Lima, a quince de junio de mil ochocientos veintidós. – 3° Firmado: Trujillo. – Por Orden de S. E., Bernardo Monteagudo. –

En este acto, la ilustre corporación y cada uno de sus individuos manifestaron los mayores sentimientos de gratitud al Supremo Gobierno del Estado por la gracia concedida a esta benemérita población, a quien representan, viendo recompensados, por esta primera vez, los ingentes sacrificios y patrióticos sentimientos de esta población, que, entre los ominosos compromisos de la dominación española, levanto con energía la voz, por su decisión a la sagrada causa de nuestra independencia; ofreciendo cada uno de los dichos señores el continuar personalmente, y avivar entre los demás individuos de esta población el fuego patriótico que han manifestado siempre en sus corazones para seguir las banderas de la madre patria, y exponer sus personas y sus vidas, hasta conseguir la extinción de las últimas reliquias de la opresión, y prestar los auxilios necesarios a tan sagrado fin; determinando, por último, se diesen las gracias al Supremo Gobierno, por la correspondiente nota, a nombre de la Municipalidad – En consecuencia, determino la misma corporación que, para la eterna memoria del reconocimiento en que el Perú, en general, y cada una de sus provincias y partidos en particular, deben, al Excmo. Sr. Don José de San Martín, dignísimo Protector, por las fatigas y empeño que le ha costado la independencia e independencia del Estado, usará de una de sus atribuciones, agregando, al renombre de generosa y benemérita, la expresión de San Martín, debiendo, por esto, titularse esta población: la generosa y benemérita ciudad de San Martín de Lambayeque, para cuya confirmación debía suplicarle al Excmo. Supremo delegado se sirva aprobar esta manifestación de la recomendable Lambayeque, por su gratitud al Héroe Libertador del Perú. – Para cuya constancia, y encargando antes a este gobierno * la orden de los regocijos públicos que puedan efectuarse, en consideración a las circunstancias de la población, y a las de hallarse nuestro ejército entre las angustias de procurar exterminar las últimas reliquias de nuestra opresión; firmaron los expresados señores que se hallaron presentes, no habiendo asistido los demás, por ausencia de unos y enfermedad de otros, de que certifico. – Nicasio Ramallo.- Santiago Leguía.- José Manuel Callo. – Manuel Navarrete. – José María Costa. – José Antonio Burgos. – Antonio Carrión. – Francisco Pozo, secretario.

* En este caso, el coronel argentino Nicasio Ramallo, gobernador político y militar de Lambayeque.


DECRETO DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1822

La Suprema Junta Gubernativa del Perú, comisionada por el Soberano Congreso Constituyente – Por cuanto el mismo ha declarado lo siguiente:
    
    El Congreso Constituyente, atendiendo a los auxilios que prestó al Ejército, antes y después de su ingreso a esta capital, y al ejemplo que dio a los demás pueblos de aquel departamento en la proclamación de la independencia, la población de Lambayeque, partido de ese nombre – Ha venido en decretar y decreta – Que confirman el título provisional de ciudad a la población de Lambayeque, con el renombre de generosa y benemérita, que se le expidió, en 15 de junio de este año, por el Gobierno provisorio. – Tendréislo entendido, y dispondréis lo necesario a su cumplimiento, mandándolo imprimir, publicar y circular. – Dado en la casa del Congreso, en Lima, a dieciocho de diciembre de 1822. – 3° de la Independencia. – 1° de la República – Juan Antonio Andueza, presidente. – Gregorio Luna, diputado secretario. – Por tanto, ejecútese, guárdese y cúmplase en todas sus partes por quien convenga. Dará cuenta de su cumplimiento el secretario de su despacho en el departamento de Gobierno. – Dado en el palacio de la Junta Gubernativa, en Lima, a los dieciocho días de diciembre de mil ochocientos veintidós. – 3°José de la Mar. – Felipe Antonio Alvarado.- El Conde de Vista Florida. – Por orden de S. E.- Francisco Valdivieso.