Se celebra hoy el 198
aniversario del otorgamiento provisional del título de ciudad, y del honroso
blasón de generosa y benemérita, al otrora partido de Lambayeque,
perteneciente, por aquel entonces, a la antigua intendencia de Trujillo.
Además, también, del
primer aniversario de la importante feria o evento cultural denominado “Día de
la Gastronomía Lambayecana y Nacional”. Que cada 15 de junio de cada año, se
realizara en esta ciudad a propuesta de la Asociación Lambayecana de
Gastronomía, en su tenaz búsqueda porque esta región -crisol de la libertad en
el Norte del Perú- sea considerada capital de la comida nacional. La feria y el
evento gastronómico ha sido respaldada mediante Resolución emitida por el
Consejo Provincial de Lambayeque, que preside el alcalde Ing. Alexander
Rodríguez Alvarado.
Ahora bien, lo que a
continuación vamos a transcribir, para conocimiento de nuestros caros lectores,
son:
A) La copia literal del
Acta del cabildo lambayecano, donde se da cuenta del recibimiento y apertura de
la correspondencia remitida el 16 de junio de 1822, desde la ciudad de Lima, y
recibida en Lambayeque el 6 de julio, de ese año. En uno de los pliegos
enviados se encontraba inserto el Decreto emitido el 15 de junio de 1822,
refrendado por el ministro Bernardo Monteagudo de orden del Supremo Delegado José
Bernardo de Tagle y Portocarrero (Marqués de Torre Tagle) en que al pueblo de
Lambayeque se le otorgaba el título provisional de Ciudad, con el honroso
renombre de Generosa y Benemérita, por ser una de las primeras “que proclamaron
su adhesión a la causa continental”, y por los caros servicios que
ininterrumpidamente venía prestando a la campaña final de la independencia
nacional. El Acta recoge los momentos de justa algarabía que está gran noticia
concitó entre los cabildantes reunidos, en sesión extraordinaria, en el salón
consistorial; llegándose al extremo de proponer que Lambayeque se denominara,
desde ese momento, con el nombre de “Generosa y Benemérita Ciudad de San Martín
de Lambayeque”. Pedido que, como es obvio, no prospero.
B) La copia del Decreto
confirmatorio del 18 de diciembre de 1822. Dado por
la Suprema Junta Gubernativa del Perú comisionada por el Primer Congreso
Constituyente, “atendiendo a los auxilios que prestó al Ejército Libertador
antes y después de su ingreso a esta capital, y al ejemplo que dio a los demás
pueblos de aquel Departamento en la proclamación de la independencia”. Decreto,
este último, firmado por José de la Mar,
Felipe Antonio Alvarado y el Conde de Vista Florida.
ACTA
DEL CABILDO DE LAMBAYEQUE
En esta benemérita y
generosa ciudad de Lambayeque, a los seis días del mes de julio de mil
ochocientos veintidós, tercero de su libertad e independencia, junta y
congregada esta ilustre municipalidad en la sala consistorial, compuesta dicha
corporación de los señores don Nicasio Ramallo, gobernador político y militar
de este partido, etc.; el señor don Santiago Leguía, alcalde de primera
nominación; don José Manuel Callo, regidor vice-regente del de segundo¸ don
Manuel Navarrete, don José María Costa, don José Antonio Burgos y el procurador
síndico don Antonio Carrión, con el objeto de abrir los pliegos que en este
presente correo ha recibido del Supremo Gobierno por el Ministerio de Estado y
Relaciones Exteriores, a cuyo efecto se ha celebrado este extraordinario; y
habiéndose presentado en él por el procurador síndico los expresados pliegos,
los que, abiertos por el señor presidente, se encontró la nota del señor
ministro de Estado D. Bernardo Monteagudo, con fecha dieciséis del próximo
pasado junio, a la que fue adjunto un ejemplar del decreto inserto en la
“Gaceta Ministerial”, N°. 48, tomo II, por el que el Supremo Gobierno del
Estado se ha servido conceder el título de ciudad a esta capital de Lambayeque,
con el renombre de “generosa y benemérita”, cuyo tenor es como sigue: -
Ministerio de Estado. – Los procuradores de la ciudad de Lambayeque han elevado
al Supremo Gobierno una representación, exponiendo los interesantes servicios
de aquel partido, a la causa pública, especialmente mientras el Ejército
Libertador fundaba casi toda su subsistencia en los recursos de la costa del
Norte. Entre los notables servicios de aquel vecindario, no es justo olvidar
que fue uno de los primeros que proclamaron su adhesión a la causa continental,
y que ha acreditado, desde entonces con no interrumpidos sacrificios – Su
heroico patriotismo, la importancia de su población, y el interés que resultará
al Estado de sus adelantamientos, añaden doble razón a la exposición de los
procuradores de Lambayeque; y, guiado el gobierno por sentimientos de justicia,
ha resuelto lo que sigue:
El
Supremo Delegado. – Ha acordado y decreta: - 1°. Se expedirá el título
provisional de Ciudad a la capital del partido de Lambayeque, con el renombre
de generosa y benemérita. – 2°. Se establecerá una escuela de primeras letras,
con la dotación de trescientos pesos de los fondos de aquella municipalidad, y
con sujeción a las variaciones que exija el plan de instrucción pública, luego
que las circunstancias permitan realizarlo. El ministro de Estado queda
encargado de presentar este decreto al Poder legislativo, para su sanción. - dado en el palacio del Supremo Gobierno, Lima,
a quince de junio de mil ochocientos veintidós. – 3° Firmado: Trujillo. – Por
Orden de S. E., Bernardo Monteagudo. –
En este acto, la ilustre
corporación y cada uno de sus individuos manifestaron los mayores sentimientos
de gratitud al Supremo Gobierno del Estado por la gracia concedida a esta
benemérita población, a quien representan, viendo recompensados, por esta
primera vez, los ingentes sacrificios y patrióticos sentimientos de esta
población, que, entre los ominosos compromisos de la dominación española,
levanto con energía la voz, por su decisión a la sagrada causa de nuestra
independencia; ofreciendo cada uno de los dichos señores el continuar
personalmente, y avivar entre los demás individuos de esta población el fuego
patriótico que han manifestado siempre en sus corazones para seguir las
banderas de la madre patria, y exponer sus personas y sus vidas, hasta
conseguir la extinción de las últimas reliquias de la opresión, y prestar los
auxilios necesarios a tan sagrado fin; determinando, por último, se diesen las
gracias al Supremo Gobierno, por la correspondiente nota, a nombre de la
Municipalidad – En consecuencia, determino la misma corporación que, para la
eterna memoria del reconocimiento en que el Perú, en general, y cada una de sus
provincias y partidos en particular, deben, al Excmo. Sr. Don José de San
Martín, dignísimo Protector, por las fatigas y empeño que le ha costado la
independencia e independencia del Estado, usará de una de sus atribuciones,
agregando, al renombre de generosa y benemérita, la expresión de San Martín,
debiendo, por esto, titularse esta población: la generosa y benemérita ciudad
de San Martín de Lambayeque, para cuya confirmación debía suplicarle al Excmo.
Supremo delegado se sirva aprobar esta manifestación de la recomendable
Lambayeque, por su gratitud al Héroe Libertador del Perú. – Para cuya
constancia, y encargando antes a este gobierno * la orden de los regocijos
públicos que puedan efectuarse, en consideración a las circunstancias de la
población, y a las de hallarse nuestro ejército entre las angustias de procurar
exterminar las últimas reliquias de nuestra opresión; firmaron los expresados
señores que se hallaron presentes, no habiendo asistido los demás, por ausencia
de unos y enfermedad de otros, de que certifico. – Nicasio Ramallo.- Santiago
Leguía.- José Manuel Callo. – Manuel Navarrete. – José María Costa. – José
Antonio Burgos. – Antonio Carrión. – Francisco Pozo, secretario.
* En este caso, el
coronel argentino Nicasio Ramallo, gobernador político y militar de Lambayeque.
DECRETO
DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1822
La
Suprema Junta Gubernativa del Perú, comisionada por el Soberano Congreso
Constituyente – Por cuanto el mismo ha declarado lo siguiente:
El Congreso Constituyente, atendiendo a los
auxilios que prestó al Ejército, antes y después de su ingreso a esta capital,
y al ejemplo que dio a los demás pueblos de aquel departamento en la
proclamación de la independencia, la población de Lambayeque, partido de ese
nombre – Ha venido en decretar y decreta – Que confirman el título provisional
de ciudad a la población de Lambayeque, con el renombre de generosa y
benemérita, que se le expidió, en 15 de junio de este año, por el Gobierno
provisorio. – Tendréislo entendido, y dispondréis lo necesario a su
cumplimiento, mandándolo imprimir, publicar y circular. – Dado en la casa del
Congreso, en Lima, a dieciocho de diciembre de 1822. – 3° de la Independencia.
– 1° de la República – Juan Antonio Andueza, presidente. – Gregorio Luna,
diputado secretario. – Por tanto, ejecútese, guárdese y cúmplase en todas sus
partes por quien convenga. Dará cuenta de su cumplimiento el secretario de su
despacho en el departamento de Gobierno. – Dado en el palacio de la Junta Gubernativa,
en Lima, a los dieciocho días de diciembre de mil ochocientos veintidós. –
3°José de la Mar. – Felipe Antonio Alvarado.- El Conde de Vista Florida. – Por
orden de S. E.- Francisco Valdivieso.
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